El recurso interpuesto contra el programa formativo de dicha especialidad pretendía que la Orden vulneraba diversos aspectos de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, al interpretar que, por la vía de los programas de especialidades de enfermería podrían adquirirse competencias profesionales que no corresponden al título en cuestión. En concreto, alegaba que el programa formativo alberga determinados contenidos y ámbitos profesionales que corresponden en exclusiva a los médicos y odontólogos, como son la realización de diagnósticos y el tratamiento terapéutico, de donde termina por deducir una atribución competencial que, a su juicio, no corresponde a las enfermeras. La Abogacía del Estado y la Asesoría Jurídica del Consejo General de Enfermería se opusieron a ello alegando principalmente que la Orden no constituye una regulación profesional y que, en cualquier caso, los conocimientos no constituyen un patrimonio privativo de ninguna especialidad.
Read moreSe desestima judicialmente la paralización, según intención de la Organización Médica, del plan formativo para las especialidades Enfermería