La enfermería española, alerta ante una posible suspensión del decreto andaluz de prescripción enfermera

El texto, que fue recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía por el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, era el único en todo el país que permitía a las enfermeras realizar con seguridad jurídica esta práctica, vital para los pacientes y la buena marcha del sistema sanitario.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) habría acordado, a petición del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, la suspensión cautelar de la ejecución del Decreto 307/2009 de 21 de julio, aprobado por la Consejería de Salud de dicha Comunidad y que definía la actuación de los enfermeros y enfermeras en el ámbito de la prestación farmacéutica, la conocida como prescripción enfermera.

Sin embargo, la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía no ha recibido aún la comunicación oficial del auto del Tribunal Superior de Justicia, por lo que las Organizaciones Colegiales de Enfermería (tampoco la de Santa Cruz de Tenerife), no harán ninguna valoración jurídica por el momento, consistiendo las acciones que pueda llevar a cabo en meros ejercicios de comunicación a la opinión pública.

Alcance de la medida

Una suspensión cautelar constituye una medida provisional, que se mantiene, en su caso, durante el tiempo en que se tramita el pleito principal y que se destina, únicamente, a suspender, durante ese tiempo y mientras no recaiga la sentencia final, los efectos de una norma o resolución, sin valorar, por tanto, cuestiones de fondo.

Ante un auto del TSJA acordando la suspensión cautelar de la norma, cabrían dos recursos: un recurso de súplica ante el propio TSJA en los cinco días siguientes a la notificación a la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, en el que ésta podría alegar que su decreto había puesto fin a la situación de inseguridad jurídica de las enfermeras (que prescriben diariamente medicamentos, sin que ello esté regulado por una norma jurídica nacional); y, si fuera desestimado, un recurso de casación ante al Tribunal Supremo.

Hay que recordar que, en plena campaña de vacunación y asistencia a los enfermos de gripe A, son las enfermeras quienes están prescribiendo la vacuna a los ciudadanos sanos y los medicamentos necesarios para tratar la enfermedad a los ya contagiados.

Hasta ahora, las enfermeras andaluzas eran las únicas que podían realizar su asistencia con plenas garantías de seguridad jurídica, amparadas por el Decreto 307/2009, pero, de confirmarse su suspensión cautelar, volverían a quedar fuera de la legalidad, como el resto de profesionales de enfermeros del país.

Sorprende que haya sido precisamente el Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos, el que solicitara la suspensión cautelar, ya que el texto contaba con el respaldo de sus colegas andaluces, que, recientemente, han reconocido que la mesa de diálogo con los enfermeros fue un ejemplo de trabajo constructivo a favor de la seguridad de los pacientes y por la calidad asistencial.

La modificación de la Ley, un ejercicio de responsabilidad política

La posible suspensión cautelar del decreto de Andalucía viene a recordar la necesidad de que los partidos políticos lleven a cabo un ejercicio de responsabilidad política de cara a dar plenas garantías de seguridad jurídica a las enfermeras que están haciendo posible la asistencia sanitaria en España en las mejores condiciones de calidad y seguridad para las personas.

Resulta primordial y expresivo del sentido de la responsabilidad de los partidos políticos, llevar a cabo la inmediata modificación de la Ley del medicamento, al objeto de habilitar jurídicamente a las enfermeras españolas para realizar aquellas actuaciones que, sin el amparo legal necesario, sí les obligan a llevar a cabo en las CC.AA donde gobiernan.

En ese sentido, la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (conocida popularmente como Ley del Medicamento) prohíbe a las enfermeras tomar cualquier decisión respecto a prescripción de fármacos. Una prohibición que, tal y como viene denunciando la Organización Colegial de Enfermería de España, ha convertido en ilegales una gran parte de las actuaciones clínicas que realizan estos profesionales en hospitales, centros de salud, centros sociosanitarios y servicios de salud laboral de las empresas.

En la actualidad el Ministerio de Sanidad y Política Social y los grupos parlamentarios del Congreso y del Senado se encuentran tramitando la modificación de la Ley para dar legalidad a las decenas de miles de intervenciones asistenciales que diariamente realizan las enfermeras en toda España y conllevan algún tipo de prescripción farmacológica.

En el proceso de modificación de la Ley del Medicamento, el Partido Popular es el único partido político que está poniendo en peligro la posibilidad de dar seguridad jurídica a la asistencia llevada a cabo por las enfermeras. El PP, que sí participó en el pacto de consenso entre Ministerio de Sanidad, grupos parlamentarios y agentes sanitarios (y que además estuvo a favor del texto definitivo durante todo el proceso), decidió, en el último momento, desmarcarse, abstenerse en el Congreso de los Diputados y anunciar enmiendas al texto en el Senado. Unas enmiendas que sólo servirán para retrasar de forma indefinida el proceso que pretende conferir seguridad jurídica a las actuaciones que este mismo partido está obligando a realizar a las enfermeras de las CC.AA en las que gobierna, como Madrid y Canarias, donde las Consejerías de Sanidad han dado instrucciones a las enfermeras para realizar el “triage” de los pacientes con gripe, un proceso en el que se incluye tanto el juicio clínico como la prescripción farmacológica enfermera de varios medicamentos.

No obstante, la Asamblea de Presidentes de la Organización Colegial de Enfermería acordó el pasado 12 de noviembre mantenerse constituida con carácter permanente para, en caso de que el PP consiga bloquear el necesario proceso de legalización de la prescripción enfermera, tener la capacidad de adoptar todas las medidas de urgencia de forma inmediata. Incluyendo, si fuese necesario, la notificación individualizada a las 240.000 enfermeras que trabajan en España para que cesen de inmediato cualquier asistencia clínica que conlleve prescripción, incluyendo el “triage” de la gripe y todo tipo de vacunación, pediátrica, de adultos, gripe estacional y gripe A. Asimismo, en ese escenario, se denunciaría ante los tribunales a los gestores sanitarios que tratasen de obligar a las enfermeras a prescribir, ya que, a día de hoy, la prescripción es ilegal y, por tanto, podría ser calificada como un delito de intrusismo profesional.